Servicios / Peritos Economistas

El perito economista se ha convertido en un elemento fundamental en el actual sistema procesal español, en el momento en el que un procedimiento se entrelazan lo legal, lo empresarial y lo financiero se necesita que sea el perito economista el que recopile y analice la información existente para elaborar un dictamen o informe que servirá de base probatoria en un procedimiento.

1. ¿Por qué necesito un perito economista?

Porque puede ser que por su experiencia en el mundo empresarial o por su formación sea capaz de ver claramente el problema y como se soluciona sin una pericial, lo que para usted pueda ser sencillo y evidente por su trayectoria vital, formación o carrera laboral en el ámbito empresarial, no quiere decir que lo tenga que ser para los operadores jurídicos, ya que a veces los conceptos económicos resultan abstractos y complicados.

Para este tipo de asuntos necesitarán la ayuda de un tercero que sea experto en contabilidad, fiscalidad o derecho financiero, simplificándolo y resolviendo todas las dudas que vayan surgiendo en los aspectos más técnicos, pero no se trata solo de aclarar dudas, sino también de saber exponer y sobre todo defender la pericial en juicio.

Pese a que la figura del perito economista está asociado en nuestra mente a las continuas reclamaciones que se le hacen tanto a la banca como a las aseguradoras por su buen hacer, (léase irónicamente), hay una gran variedad de situaciones que exigen la intervención del perito economista, a modo de breve resumen:

  • Cálculo de lucro cesante
  • Valoración de fondo de comercio
  • Valoración de empresas
  • Disputas contractuales
  • Demandas por negligencia profesional
  • Investigación del fraude
  • Investigación de crímenes económicos
  • Indemnización de aseguradoras
  • Derecho bancario
  • Peritaje financiero

2.-Lo básico que necesitas saber sobre los dictámenes de peritos economistas

Dado que el mundo jurídico y económico se encuentras especialmente vinculados, son necesarios operadores que separen los elementos legales de los empresariales.

El dictamen pericial económico no realizan valoraciones jurídicas, no debe confundirse el trabajo a realizar por el perito economista, su dictamen debe ser desde la perspectiva meramente económica, es decir, versar sobre un análisis íntegro del hecho económico, su contexto y cuantificación, sin valorar aspectos jurídicos.

Dada la transversalidad de la materia, algunas estimaciones económicas pueden depender de determinadas acciones procesales. En estos casos, el informe será imprescindible para aclarar que se analiza el hecho jurídico desde la perspectiva económico-financiera y no jurídica, garantizando así la
independencia e imparcialidad del perito respecto del procedimiento.

A continuación, os dejamos las preguntas más frecuentes que nos soléis realizar sobre este tipo de periciales y para cualquier consulta al respecto contacte con nosotros.

¿Cuáles son los pasos para realizar un informe pericial económico? [+] leer mas

En procedimientos judiciales o administrativos a veces, el tiempo apremia. En Perytas nos encontramos numerosos clientes que necesitan el informe «para ayer». Déjanos advertirle de los pasos a realizar para un informe pericial económico.

¿Cuál es la documentación que tendré que aportar para la pericial económica? [+] leer más

Como hemos dicho en el apartado anterior, es importante tener todo listo para la pericial económica para que se pueda realizar el informe de forma rápida y eficiente. Por ello, en este post os desgranamos la documentación que debes aportar al perito economista.

¿Podré explicarle al perito la realidad de mi empresa y no solo los datos contables? [+] leer más

En Perytas sabemos que hay muchas empresas, especialmente en el sector comercio y en el sector hostelería que tributan por módulo y que, disponen de un alto volumen de compras en efectivo que hace que su contabilidad sea compleja. Usted, como cliente, puede hablar y dar toda la información que usted tenga sobre su negocio. Conoce este post sobre si un perito economista puede tener en cuenta información que no está en la contabilidad.

¿Cuánto cobráis por una pericial económica? [+] leer más

Pues como cualquier otro servicio desarrollado por un profesional, los honorarios de un perito economista dependen de diversos factores pero anticipar que el precio mínimo del que se parte para este tipo de periciales es de 600+IVA para un informe de valoración de empresa sencillo.

Cuando decimos mínimo, es eso, mínimo, es decir, por menos que esa cantidad no aceptamos ningún tema, ya que la experiencia nos demuestra que el tiempo de dedicación necesario es alto y obviamente lo que vendemos nosotros vendemos es tiempo y conocimiento.

Los elementos a tener en cuenta para calcular los honorarios suelen girar entorno a los siguientes elementos:

  • Tiempo estimado de dedicación.
  • Documentación a analizar.
  • Número de reuniones que precise el asunto.
  • Trascendencia del asunto, tanto económica como social
  • Tiempo disponible o urgencia 
  • Ratificación en el juzgado 

Aclarar, que a veces, cabe la posibilidad de necesitar otros técnicos para el caso concreto, ya sean de la misma o diferente disciplina, o simplemente que las circunstancias del caso cambien por la aparición de nueva información o documentación, en dichas circunstancia y dado que es su momento no fue posible anticiparlos en la estimación del presupuesto se propondrá al cliente la ampliación del presupuesto existente.

3.- Últimos trabajos destacados

Tras más de 20 años con este tipo de informes hemos aprendido que la coordinación con el abogado desde el inicio y en la solicitud de la prueba es clave para la buena consecución de los resultados. Es importantísimo definir de una forma clara, mesurable y concreta cuál es el objetivo de la pericial, eligiendo así el perito economista el mejor procedimiento, criterio o información para lograrlo.

4.- FAQs abogado

¿Qué documentación necesitáis y cómo podemos obtenerla? Realidad del Art 256.4 LEC y? ↓↑

En ocasiones no es posible el acceso a toda la documentación necesaria o a los documentos originales siendo esta es una de las principales dificultades de las periciales económicas ya que en el transcurso del juico es habitual cuestionar las fuentes de información y la forma de obtención de la documentación de la que se ha dispuesto para la elaboración del dictamen.

Si la imposibilidad de acceder a dicha información es porque no está disponible en el momento de la emisión del dictamen ni durante el procedimiento, es importante solicitar al juzgado en las diligencias preliminares que se requiera dicha información dada la relevancia para la pericial, especialmente cuando sea para requerir la colaboración de terceros, ya sean proveedores, facturas de empresas terceras, precios orientativos incluso cuando las mismas no sean parte directa en el procedimiento.

Si tenemos que basar la pericial en consideraciones e hipótesis «conocidas» pero de la que no se dispone información, tendremos que aclarar muy bien y hacer una mención expresa al respecto, dejando claros los motivos por los que no se ha tenido acceso y como se ha solventado en en ese caso la pericial.

Si por un casual la otra parte dispusiese de dicha información sería bastante fácil desmontar nuestra pericial por medio de una contra pericial, tan habitual en este tipo de dictámenes siendo este ámbito quizás donde más se den.

En este sentido, a la hora de emitir los dictámenes, se debe ser cauto y solicitar toda la información que no se encuentre aportada en los autos con antelación y en el caso de que se haya tenido alguna limitación significativa y para evitar un impacto negativo en la credibilidad de la pericial. hay que indicar que cabe la posibilidad de que de haber dispuesto de otra información los resultados alcanzados y conclusiones podrían variar, evitando de esta forma que las hipótesis planteadas se nos vengan abajo en caso de contra pericial con más información de la que nosotros dispusimos.

Respecto del Art 256.4 de la LEC, sobre la petición de las cuentas de la sociedad y la exhibición de los libros contables, hay que tener en cuenta que su planteamiento tan limitado es algo anacrónica ya que puede ser que solo se nos exhiban los documentos obligatorios según el Registro Mercantil, por lo que recomendamos encarecidamente que antes de solicitar las preliminares se haya consultado ya con su perito economista y analizado el tema para ampliar la prueba en la medida de lo posible solicitando al departamento financiero de la empresa o gestoría que se aporte la documentación necesaria para la correcta elaboración del dictamen.

¿Además del lucro cesante, también se puede calcular el fondo de comercio? ↓↑

Como ya es sabido por los abogados el lucro cesante es la perdida total o parcial de la actividad que reportaba los ingresos del cliente, es decir, la capacidad productiva se reduce por un hecho ajeno a tu voluntad, ya sea un incumplimiento contractual, un daño o ilícito causado por un tercero sobre los bienes o el patrimonio de otro.

Lógicamente esos ingresos o ganancias tienen que venir de actos lícitos, porque los correspondientes a economía sumergida o trabajos irregulares no demostrables difícilmente vamos a poder reclamarlos.

La clave en este tipo de periciales, (las de solicitar el lucro cesante), es como justificar unos ingresos que aún no se han producido, hay que probar un hecho futuro con una actividad que está cesada o parcialmente cesada y esa es la parte realmente difícil, ya que para ello no hay unas pautas probatorias definidas, dificultando la misma y dejando al arbitrio dependiendo de cada juzgado la misma.

No hay que confundir el Lucro Cesante con la pérdida de fondo de comercio, la perdida de fondo de comercio va más allá aun que el propio lucro cesante entendido como lo que debería ganar el afectado según su balance de situación y previsión de ganancias netas,

El fondo de comercio, (también conocido con el anglicismo de (‘goodwill’), a groso modo puede afectar a diferentes elementos tales como:

  • Reputación de marca: La percepción que tienen los consumidores de una empresa.
  • Clientes leales: La base de clientes que sigue siendo fiel a una empresa o producto.
  • Relaciones comerciales: Acuerdos favorables con proveedores y distribuidores, contratos exclusivos, etc.
  • Propiedad intelectual: Incluye patentes, derechos de autor, marcas registradas e incluso métodos industriales únicos.
  • Capital humano: El equipo de trabajo de la empresa, especialmente si cuenta con personal altamente cualificado.

Por tanto, el valor de la empresa en su conjunto es superior al que se alcanzaría con la suma algebraica de cada uno de los elementos patrimoniales que la componen de forma individualizada, las empresas son entes vivos en funcionamiento compuestos fundamentalmente por recursos humanos que otorgan elementos intangibles que se mezclan con los recursos materiales y posibilitan que se desarrolle la actividad económica para la cual fue creada.

Para valorar el fondo de comercio hay que atenerse a la gravedad de la pérdida, habrá que tener en cuenta elementos ya relacionados con el coste de oportunidad y no solo con la cuenta de resultados, ya que vamos a reclamar valores intangibles. no identificables contablemente entre los que se encuentra la clientela de una empresa, su nombre o razón social, su localización, la cuota de mercado, el nivel de competencia comercial, el capital humano etc., que proporcionan beneficios económicos futuros a la empresa.

Con la pericial toca demostrar que dichos intangibles se han visto afectados y así poder reclamar el fondo de comercio, para ello habrá que estudiar caso por caso y analizar muy bien como justificar y demostrar esa pérdida ya que no es un trabajo sencillo de cuantificar.

¿Cómo será la comunicación para la elaboración del dictamen que tendré con el perito economista? ↓↑

En Perytas sabemos la importancia que tiene una buena comunicación entre perito y abogado, especialmente cuando hablamos de informes periciales de economistas. Hemos creado un proceso de comunicación que facilita el trabajo tanto al perito como al abogado. Descúbrelo en este post.

¿En que plazo podremos disponer de la pericial económica? ↓↑

Como bien saben los abogado el plazo puede variar significativamente dependiendo de varios factores, complejidad, la disponibilidad de la documentación necesaria, la carga previa de trabajo del perito e indudablemente de los plazos establecidos procesalmente.

Para elaborar el dictamen realizamos tareas que incluyen la revisión, análisis y contrastar impuestos, Obtención de información de registros comerciales y bases de datos del sector, estudio del historial de los estados financieros, revisiones de entradas de diario, analizar las tendencias del mercado, rastrear los movimientos de los fondos y la comunicación tanto con el cliente como con vosotros para aclarar dudas especificas y hacer el planteamiento del dictamen antes de emitir el mismo.

En resumen, son trabajos que requieren más plazo del habitual, y que normalmente se alargan por la poca disponibilidad o falta total de interés con la que nos solemos encontrar por parte de las personas encargadas de aportarnos la información requerida para su elaboración o la entrega de la misma, (ya sean departamentos financieros, gestorías, etc), o simplemente porque otras veces nos aportan la información incompleta o de una forma muy desorganizada.

En este tipo de periciales la anticipación y tiempo son claves, las prisas no son buenas consejeras y se corre el riesgo de recibir un trabajo forzado debido a la posible falta de información y a la premura y que aparezca información no aportada que cambia el sentido de la pericial antes del juicio.

En este tipo de trabajo, el abogado tiene que ayudarnos a concienciar al cliente de la importancia de la celeridad para conseguir la información que tienen que aportar terceros, para lo que esta parte de recopilación documental les supone una molestia al no incluirse en sus tareas previstas del día a día.

5.-Artículos relacionados sobre el servicio de perito economista

6.- ¿Qué es y qué no es Perytas?

PERYTAS NO ES …

Perytas NO es «Perytas sin fronteras», vendemos nuestro tiempo y conocimiento. [+] leer más

Pese a que nos gustaría ser “Perytas sin fronteras”, no queremos llevarle a engaños, y sintiéndolo mucho esto es una empresa y como tal a final de mes tenemos que pagar muchos gastos, (salarios, formación, marketing, alquileres, desplazamientos, informática, impuestos…), por lo que obviamente tenemos que cobrar por nuestro trabajo, somos una empresa de servicios por lo que vendemos nuestro tiempo y conocimiento.

Cada pericial conlleva una responsabilidad y unas horas de trabajo, por eso cada trabajo lo presupuestamos de forma independiente y no podemos dar una tarifa generalizada para todo tipo de pericial, eso sí, el presupuesto que le mandaremos será transparente y sin sorpresas.

En el caso de que necesite una orientación sobre el planteamiento de la pericial podemos atender sus dudas telefónicamente, siempre en base a nuestra experiencia en trabajos anteriores, pero nunca dejamos de sorprendernos con los temas que nos llegan a la empresa y que conste que ya hemos visto casi de todo.
Si una vez aclaradas esas dudas previas, lo que necesita es un estudio de la documentación y viabilidad del tema le pasaremos presupuesto por un “análisis previo de viabilidad”, con el resultado de este trabajo le daremos luz sobre las posibilidades de la pericial, argumentando y justificando los resultados del mismo.

En el caso de que la pericial sea viable podrá aceptar o no el presupuesto que le mandemos, si finalmente decide no aceptar nuestras condiciones y decide hacerlo el trabajo con otra empresa del sector, (que también las hay y muy buenas), no habrá ningún problema por nuestra parte en contactar con ellos y explicar todo lo analizado para ayudar.

Perytas NO es infalible, pero nos esforzamos lo máximo posible por nuestros clientes. [+] leer más

Pero entonces que clase de empresa es esta, no aseguráis que ganareis mi juicio, que sois imbatibles, ¿porque no sois de los que publicáis en vuestra web que tenéis un 99% o más de tasa de éxito? ¿Pues Entonces, que clase de empresa es esta?

La explicación de esto es bien sencilla:

Es la clase de empresa que no quiere mentir a su cliente.

Todo procedimiento judicial depende finalmente de personas humanas, que son los “Jueces”, y estas personas, recordemos que son humanos y no máquinas, tienen mejores y peores días, (como todos).
El Juez puede no haber dormido el día de antes y estar cansado, porque es humano, puede haberse peleado con su pareja o simplemente estar enfermos antes de ir a celebrar su juicio, así que los jueces al ser seres humanos pueden no estar especialmente atentos o brillantes el día de su juicio, pero bueno, para eso tienen las grabaciones y la posibilidad de repasar las vistas, démosles un voto de confianza. ?

¡¡¡¡¡Pero ojo!!!!!, que también pueden entender simplemente que Usted no lleva la razón, porque para eso son jueces, para impartir justicia, la justicia unas veces favorece a unos y a otros perjudica, indudablemente cuando alguien sale favorecido hay otra parte que salió perjudicada, pero cuando se llegó a judicializar el procedimientos es porque estamos casi seguros de que ambas partes estaban convencidas de tener la razón.

Por nuestra parte queremos ser parte del engranaje que le ayude a resolver su problema, ya sea ayudándoles a darle la razón, obtener la mayor indemnización posible o llegar a un acuerdo.
Lo único que podemos asegurar es que daremos lo máximo de nosotros para que todo salga bien ayudándole tanto a usted como a su abogado, pero de verdad, nadie es infalible y nadie gana todos o casi todos sus juicios.
Recuerde que si algún perito le indica que su efectividad es absoluta o casi absoluta y dice que casi siempre lo gana todo, ¡desconfíe y preocúpese!, porque solo puede ser por dos motivos:
O no tiene experiencia y apenas ha tenido juicios, por lo que ganar dos juicios de dos es bastante sencillo, o bien, le están intentando captar para realizar el trabajo.

Perytas NO es un acto de fe, tenemos que creer en nuestra objetividad y profesionalidad. [+] leer más

En ocasiones nos pasa que el cliente viene con una idea clara, con unos argumentos tajantes y solo espera que nosotros le demos la razón sin más y lo plasmemos en un informe y lo firmemos.
Esto quizás sería lo fácil para nosotros, decir que si a todo y estar alineados con sus postulados o ideas.
Pero no, esa no es nuestra forma de trabajar, por supuesto que nuestro trabajo es de escucha de nuestro propio cliente, pero, además, consiste en contrastar la información aportada e incluso buscarle las posibles incongruencias.

Tenemos que meternos en la piel del contrario, imbuirnos en el pensamiento de la otra parte y buscar cualquier posible incoherencia, porque será ahí, donde la parte contraria atacará el día del juicio, justo en ese detalle o error que puede no parecer coherente. En algunas ocasiones los clientes llegan a molestarse y preguntarnos, “si es que dudamos de ellos o no les creemos”, pero no, no se trata de eso. Si tiene razón en lo que dice, no tenemos inconveniente en confirmarlo, pero si creemos que está equivocado, también se lo diremos, aún a riesgo de perder el cliente de ahí nuestra profesionalidad.

Debería formularse la siguiente pregunta:

¿Cómo se puede emitir un dictamen sin tener seguridad del mismo?, ¿Cómo lo defenderíamos en sala?

Si emitimos un Dictamen sin creer en lo que defendemos, solo tiene una única consecuencia lógica y que en el juicio nos den un “baño de realidad”.
No será ni la primera ni la última vez que el cliente se ahorra información creyendo que así está mejorando su posición respecto a los profesionales que lo defienden y el día del juicio aparecen hechos contrastados que se cargan todo el argumentario de su defensa. Por tanto, necesitamos sinceridad absoluta tanto de los clientes como de los profesionales que nos solicitan las periciales.

En conclusión, y ya que este es un punto complicado, entendemos que hay que ser honestos con el cliente desde el principio, explicándole todas las posibilidades, sobre todo en aquellos casos en los que la pericial aportada para su defensa legal solo pueda aspirar a reducir las consecuencias negativas del proceso.
Igualmente queremos que esa honestidad sea reciproca, la falta de ella suele levantar ampollas en la relación, de nada sirve contratar a un profesional para que te ayude y luego ocultarle información para intentar manipularle.

Perytas NO es amiga de lo urgente, priorizamos la reflexión a la inmediatez [+] leer más

En muchas ocasiones cuando nos llama un cliente cree que su pericial es el único caso sobre el que trabajamos, pero daremos gracias porque hasta la fecha esto no es así.

Antes de emprender cualquier trabajo, siempre, nos gusta avisar al cliente de la disponibilidad real o no que tenemos.
Nos gustaría poder atender a todo el mundo en plazo, pero como bien sabemos eso es bastante complicado, los plazos en los temas jurídicos son perentorios, es decir si o si para el día X, por eso y para no restar opciones preferimos ser claros con el cliente y avisar sino nos es posible atenderle.

Cuando esto ocurre incluso le indicamos con que empresas del sector pueden trabajar, que las hay y también y muy buenas, eso sí, con la esperanza de que en otra ocasión se vuelvan a acordar de nosotros y no se nos enfaden por no poder atenderles. (especialmente los abogados). ?
En otras ocasiones, se nos solicita una urgencia por parte del cliente, se empeña si o si, en que le hagamos el trabajo nosotros. En estas circunstancias el cliente tiene que ser consciente de que va a tener que asumir el pago de un suplemento económico por la urgencia del encargo y lo que supone trabajar a deshora o en días festivos.
Al final es tiempo que le estaremos quitando a nuestro descanso o familia y como ya hemos dicho, valoramos nuestro conocimiento y nuestro tiempo, porque que es finito y al final es lo que vendemos.

Pongamos los puntos sobre las íes, la falta de planificación del cliente no es nuestra urgencia, si se nos exige una urgencia con fecha límite hay que asumir las consecuencias, y recodar que las prisas no son buenas consejeras y se corre el riesgo de recibir un trabajo más caro y forzado, debido a la posible falta de información y a la premura.

PERYTAS SI ES …

Perytas SI es experiencia. [+] leer mas

“Tener éxito no significa no equivocarse, significa no cometer los mismos errores más de una vez” 

Pues sí, a lo largo de los años seguro que podríamos haber hecho muchas cosas mejor, pero haber cometido errores es una parte fundamental del aprendizaje, a día de hoy, esa es nuestra gran ventaja, la experiencia de poder anticiparnos mejor a posibles fallos y así realizar el trabajo de forma eficiente e informada.

Llevamos más de 20 años trabajando, y casi 10.000 expedientes a nuestras espaldas, a día de hoy podemos afirmar que hemos visto casi de todo, aunque raro es el mes que no nos sorprendemos con algún tema nuevo y diferente, entra en el blog y podrás sorprenderte con los casos más curiosos.

En conclusión, es muy probable que en aquello que necesite que le ayudemos lo hayamos hecho antes y sino es así, contará con todo nuestro bagaje para solucionarlo y por tanto una vez más sólo será cuestión de horas de trabajo y dedicación.

Perytas SI es una empresa. [+] leer mas

Somos una empresa, todos los dictámenes e informes se realizan por la empresa, es decir, no somos una asociación, ni un listado de peritos, ni un directorio ni nada que se asemeje, ya que en estos no se sabe ni quien se responsabiliza y ni si quiera con quien se contrata.

En Perytas, facilitamos un presupuesto cerrado y un contrato exprofeso para cada trabajo, (damos cumplimiento a la Ley 34/2002 del 11 de julio sobre contratación de servicios por Internet) y obviamente como empresa disponemos de un seguro de Responsabilidad Civil.

Desde el comienzo, todos nuestros clientes conocen sus derechos y obligaciones, queremos una relación de confianza con ellos, aportamos la máxima transparencia, no añadimos ninguna “letra pequeña” en nuestros presupuestos o trabajos, son los clientes los únicos que tienen la libertad de decidir si quieren trabajar o no conforme a nuestras condiciones.

Desde el año 2013, nos regimos por los estrictos estándares de la normativa de calidad (UNE  ISO 9001:2008), con registro nº ER-0337/2014. Así, hemos conseguido ofrecer el mejor servicio, y nuestros certificados obtenidos nos avalan, también hemos adaptado nuestro dictámenes e informes periciales a la UNE 197001:2019 especifica para la elaboración de informes periciales.

Desde un principio, hemos tenido claro que adecuarnos al cumplimiento de dicha Norma, sería un punto de inflexión, tal es así, que, el cambio organizativo fue drástico. El proceso no fue fácil, pero el esfuerzo de todos los integrantes de la empresa ha sido encomiable. El resultado no podría ser más satisfactorio, a día de hoy, los índices de satisfacción y las recomendaciones de los clientes son muy altos, logrando una optimización de los plazos de entrega de los informes, mejorando también la comunicación y creando conexiones directas y personalizadas con nuestros clientes.

Perytas SI es planificación y preparación. [+] leer mas

Respecto a la planificación en el mundo jurídico hay que saber medir las propias fuerzas, hay casos jurídicos muy complejos, en los que la elaboración de las periciales no se pueden realizar de un día para otro ni dependen exclusivamente de nosotros, en ocasiones, hay que recabar documentación y pruebas que requieren respuesta de la administración o colegios de facultativos, ese estudio además suele ser amplio y denso, a lo que no ayuda nada el hecho de que normalmente los plazos procesales son rígidos y escasos, por lo que está claro que no planificar es planear fallar.

Nuestra empresa nace por la visión de un abogado, al ser consciente que si bien los peritos, son buenos técnicos, no lo son tanto a la hora darle la adecuación jurídica a sus dictámenes. Es decir, en general son buenos para los números pero no tanto para dar forma a los hechos y crear un argumentario que se plasme de forma justificada y sencilla en una pericial, aportando una conclusión para que el juez pueda entender claramente las conclusiones del dictamen o informe pericial.

Todos nuestros informes y dictámenes se planifican, preparan y validan desde la perspectiva jurídica que es necesaria para la correcta defensa por parte del abogado en sala, señalar también, que es fundamental que los peritos tengan la titulación oficial y habilitante de su profesión.

Tenga en cuenta que existen peritos que se hacen llamar «profesionales» y ni están registrados como profesionales ni pertenecen a un colegio profesional, ( ya sea de arquitectos, médicos, ingenieros informático, agrónomos o economistas), es imprescindible tener claro este punto y tomar las medidas de precaución mínimas para garantizar la calidad y la fiabilidad de los servicios de peritaje.

El peritaje forense es una profesión regulada por el artículo 340 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y por los artículos 457 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la primera refiere que para el ejercicio profesional como perito, se deberá poseer la titulación oficial de la materia objeto del dictamen, mientras que la segunda explicita la diferencia entre peritos titulares y no titulares, siendo el perito titular el que tenga título oficial y el perito no titular el que no lo tenga, valiéndose con preferencia la Administración de Justicia de aquéllos que lo tengan. Así pues, para ejercer legalmente como perito forense, se deberá estar en posesión de la titulacion universitaria oficial correspondientes siempre que exista.

La primera pregunta a un perito el día de la ratificación como bien saben los abogados, es sobre u titulación, en el caso de que exista título universitario y el perito no lo tenga, será bien fácil para el abogado dejar en evidencia al perito y restarle toda credibilidad al respecto, por lo tanto planificación y preparación son las claves de un dictamen o informe perfectamente elaborados. En Perytas todos los técnicos lo son siempre y cuando exista un colegio profesional que regule dicha profesión.

Perytas SI es confidencialidad y transparencia. [+] leer mas

Hemos realizado un esfuerzo importante por adaptarnos a las necesidades de privacidad y garantía en las comunicaciones, especialmente de los casos más complicados, la experiencia nos ha demostrado que no son pocas las veces que la parte contraria, ( especialmente en temas de divorcios y herencias) llama haciéndose pasar por nuestro cliente o suplantando su identidad diciendo ser también cliente y preguntando información sobre el resultado de un trabajo.

Ante esta situación al final optamos por implantar un protocolo de actuación para cada cliente, en el que desde el momento que se abre un expediente al cliente se le asigna una “palabra clave segura” de la que se le informa por email al cliente y que se dará de alta en nuestra aplicación informática. De esta forma garantizamos que solo las personas conocedoras de esta palabra puedan preguntar a nuestro equipos cualquier tipo de información sensible sobre su expediente, por tanto el protocolo de “palabra segura” nos garantiza que la comunicación se hace única y exclusivamente con aquella persona que nos contactó y que ninguna otra persona conocedora de esta palabra pueda acceder a los datos del informe.

Obviamente toda la información y documentación que gestionamos es tratada con absoluta confidencialidad, estando certificados en el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y la LSSI 34/2002.

De todos los argumentos que te dejamos arriba, no podemos asignar a ninguno en concreto el motivo de la tasa de satisfacción y repetición de nuestros clientes, quizás sea una mezcla de todos o de ninguno, pero su fidelidad a nuestra empresa es indudablemente la mejor señal de que algo hacemos bien, si quieres más información pulsa aqui.

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