
Contacta con Perytas una empresa con la necesidad de disponer de un informe de indemnización por la cancelación del contrato de franquiciado sin previo aviso. En este post nos adentramos en el mundo de las telecomunicaciones y los acuerdos comerciales entre empresas. Sin embargo, cuando estos acuerdos se ven interrumpidos, las consecuencias pueden ser significativas.
En este post, explicaremos un caso real de lucro cesante, en el cual un franquiciado de una reconocida empresa de telefonía en España sufrió la cancelación de su contrato como franquiciado. A través de este análisis, desglosamos el impacto económico de la cancelación y los pasos tomados para evaluar y reclamar el beneficio dejado de obtener.
Antecedentes al informe pericial de lucro cesante por cancelación de contrato de franquicia
Nuestro cliente, franquiciado de una multinacional de telefonía, disponía de un contrato por el que podía usar la marca comercial de la franquicia en 5 de sus locales comerciales. Así pues, desde el año 2013 hasta el año 2020, nuestro cliente pudo desarrollar su actividad económica sin inconvenientes.
En 2020, sin previo aviso y sin ningún tipo de indemnización, la franquicia decide retirar al franquiciado el derecho de uso de su marca comercial, por lo que el franquiciado ve como su cifra de negocios se reduce considerablemente.
En este momento es cuando nuestro cliente acude a Perytas para disponer de un informe pericial de indemnización por el cese de la actividad económica por culpa de un tercero.
Fin del contrato de franquicia, ¿Qué supuso para la empresa?
La finalización del contrato como franquiciado llevó consigo la paralización de los ingresos en 3 de las líneas de negocio que se llevaban a cabo en la empresa. En concreto, nuestro cliente podía seguir comercializando teléfonos móviles libres y accesorios, pero, 3 líneas de negocio pasaban a ser parte de la franquicia en lugar del franquiciado, lo que dió lugar a una pérdida de ingresos muy grande.
Las líneas de negocio son las siguientes:
- Por un lado, la venta de contratos de telefonía móvil, a la que llamaremos “CONTRATOS”
- Por otro lado, contratos de suministro de energía en casa, a la que llamaremos “ENERGÍA”
- Por último, la tercera línea de negocio se trata de los seguros contratados por los clientes para los móviles, llamaremos a este concepto “SEGURO”
Análisis de la indemnización en función de los contratos con clientes
La parte central de nuestro informe se centró en realizar un desglose de los contratos suscritos entre el franquiciado y los clientes, con el fin de determinar la indemnización correspondiente por la rotura del contrato.
A continuación, se va a detallar un resumen de las indemnizaciones, es importante reseñar que el código de las tiendas y los importes no son exactos al 100% por política de privacidad.
Indemnización en tienda 1
Como hemos comentado, el franquiciado tenía suscrito contratos con clientes por las 3 líneas de negocio, en concreto, aproximadamente 35.000€ en concepto “CONTRATOS” y aproximadamente 12/13.000€ entre “SEGURO” y “ENERGÍA”.
En total, nuestro cliente tenía suscritos contratos por importe de aproximadamente 49.000€ para el siguiente año.
Indemnización en tienda 2
Respecto de la tienda 2, el volumen de negocio es inferior al de la tienda 1. El importe de contratos suscritos entre las 3 líneas de negocio es de 19.000€.
Indemnización en tienda 3
La tercera de las tiendas también tenía un volumen de negocio mucho más bajo que la primera de las tiendas. Ubicada en Martos (Jaén), los contratos suscritos con los clientes tenían un importe de 15.000€.
Indemnización en tienda 4
La cuarta de las tiendas de nuestro cliente llevaba abierta un año y medio, mucho menos que las tiendas 1, 2 y 3. Además, en este local, solo se hacían contratos “ENERGÍA” por lo que la cifra de negocios era bastante más baja que en las otras opciones. En concreto, la tienda 4 de nuestro cliente tenía 5.000€ anuales en contratos de “ENERGIA” con clientes.
Sin indemnización por la tienda 5
En el periodo de 7 años en los que nuestro cliente tuvo la franquicia, esta tienda fue vendida en el año 5, y, nuestro perito economista determina que sobre esta tienda no se debe realizar ningún tipo de indemnización ya que, NO ha habido generación de nueva clientela con el paso de los años.
Valoración de indemnización a franquiciado de una multinacional de telefonía
Tras el análisis de los contratos suscritos por nuestro cliente (franquiciado) con los clientes, nuestro perito economista determina que, durante el próximo año, nuestro cliente va a dejar de recibir la cantidad de 90.000€ solo en concepto de contratos YA firmados. Es decir, que si nuestro cliente no ejerciera ninguna actividad comercial, no tuviese ningún empleado y llevase sus gastos a 0, como mínimo los ingresos serán de 90.000€.
Por este motivo, nuestro economista certifica que la indemnización que debe realizarle la franquicia al franquiciado es por un valor aproximado de 90.000€.
¿Necesita un informe pericial de un economista para reclamar una indemnización? ¡Rellene el siguiente formulario y le llamamos sin compromiso!