En primer lugar, en nuestro equipo cumplimos con el principio de confidencialidad y secreto profesional. Gracias a esto, toda la información y documentación que gestionamos, es tratada con absoluta confidencialidad.
Nuestra empresa cumple con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD), además de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre (LOPDGDD) , por lo que tratamos de manera lícita, leal y transparente en relación con el interesado y adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario. Todo ello en relación con los fines para los que son tratados.
Hemos realizado, un esfuerzo importante por adaptarnos a las necesidades de privacidad y garantía en las comunicaciones de los casos más complicados, aquellos que necesitan informes sobre divorcios, separaciones, herencias o disoluciones de empresas, todo ello en beneficio de orientar nuestra empresa hacia el cliente final que será única y exclusivamente el que nos encargue el trabajo.
Esto que parece una obviedad, no lo es tanto en los casos en los que la otra parte siendo conocedora de que estamos realizando el trabajo, (sobre todo en las tasaciones), intenta llamar haciéndose pasar por el cliente solicitando información del expediente.
Esto que puede parecer rocambolesco es mucho más usual de lo que uno se imagina y nos llevó a que finalmente ideáramos un protocolo de actuación para cada cliente; Una vez abierto el expediente se le asigna una “palabra clave” asociada al cliente y teléfono de contacto.
Por un lado siempre que se recibe una llamada nuestra aplicación identifica si el número del móvil se corresponde o no con el del cliente, en caso de duda se le requiere al llamante su palabra clave, garantizando de esta forma la confidencialidad.
En el caso de que usted quiera autorizar a otra persona a recibir información sobre su trabajo será tan sencillo como enviarnos un email con los datos de dicha persona y que le comunique la palabra clave y le podremos informar sobre su expediente.
Por otro lado, en el caso de que un mismo trabajo sea solicitado por diferentes personas, es necesario que se designe un único interlocutor y que todas las comunicaciones se hagan por escrito ya que cuando surgen intereses contrapuestos, (principalmente en las herencias), los clientes tienden a «desvirtuar» las comunicaciones con la empresa
Recuerda que…….
Siendo realistas sabemos que no vamos a erradicar todos los malentendidos posibles pero sí hemos aprendido a gestionarlos de forma lo más eficaz posible.
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