¿Cuál es la documentación que tendré que aportar al perito economista?

Para ser justos, debemos decir que mucha y cuanta más documentación, mejor. Es aquí donde más colaboración necesitamos por parte del cliente para realizar la pericial.

La aportación de documentación para las periciales económicas es el principal problema que nos encontramos en la mayoría de expedientes. Es importante que, con el mayor tiempo posible, usted requiera a los responsables (gestorías, departamento económico, departamento financiero, departamento contable) a que hagan entrega de la documentación. Hay que tener en cuenta que para ellos esto es un engorro, es una tarea extra de trabajo, para sacar a flote trabajos de años pasados y que ya tenían aparcado. Además normalmente la percepción cuando se solicita es que se va a cuestionar su trabajo, por lo que la predisposición a colaborar suele ser poca o ninguna, dificultando y mucho el tema de plazos. ¿Qué documentación van a solicitar?

¿Qué documentación va a solicitar el perito economista sobre mi negocio?

Los datos más habituales a pedir giran sobre los estados financieros de la empresa, sus impuestos, cuentas anuales del registro mercantil, informes de perdidas y ganancias, balances, flujo de efectivo, informe de auditoría, informes internos de gestión, presupuestos y proyecciones financieras, informes de activos, contratos de arrendamiento, licencias, patentes, marcas registradas, préstamos, deudas, obligaciones y pasivos, nóminas, contratos laborales, contratos de distribución….. y un largo etc.

La lista puede ser larguísima, y siempre dependerá del caso concreto, no será la misma documentación a preparar en una pericial económica para calcular un lucro cesante por un contrato de distribución que la necesaria para una valoración de empresa o un trabajo de contra pericial.

Los plazos suelen ser apremiantes y la experiencia nos lo ha demostrado una gran reticencia por parte de los responsables a entregar la información que necesitamos, hay que ser bastante firmes y contundentes con el plazo que se da para que se reporte dicha información.

¿Y si no se dispone de la documentación? ¿Cómo se puede realizar la pericial económica?

En ocasiones no es posible el acceso a toda la documentación necesaria o a los documentos originales siendo esta es una de las principales dificultades de las periciales económicas ya que en el transcurso del juicio es habitual cuestionar las fuentes de información y la forma de obtención de la documentación de la que se ha dispuesto para la elaboración del dictamen.

Imposibilidad de disponer de la documentación en procedimiento judicial

Si la imposibilidad de acceder a dicha información es porque no está disponible en el momento de la emisión del dictamen ni durante el procedimiento, es importante solicitar al juzgado en las diligencias preliminares que se requiera dicha información dada la relevancia para la pericial, especialmente cuando sea para requerir la colaboración de terceros, ya sean proveedores, facturas de empresas terceras, precios orientativos incluso cuando las mismas no sean parte directa en el procedimiento.

Si por un casual la otra parte dispusiese de dicha información sería bastante fácil desmontar nuestra pericial por medio de una contra pericial, tan habitual en este tipo de dictámenes siendo este ámbito quizás donde más se den.

El principio de prudencia, importante ante la falta de información

En este sentido, a la hora de emitir los dictámenes, se debe ser cauto y solicitar toda la información que no se encuentre aportada en los autos con antelación y en el caso de que se haya tenido alguna limitación significativa y para evitar un impacto negativo en la credibilidad de la pericial. hay que indicar que cabe la posibilidad de que de haber dispuesto de otra información los resultados alcanzados y conclusiones podrían variar, evitando de esta forma que las hipótesis planteadas se nos vengan abajo en caso de contra pericial con más información de la que nosotros dispusimos.

¿Qué dice el Art 256,4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

Respecto del Art 256.4 de la LEC, sobre la petición de las cuentas de la sociedad y la exhibición de los libros contables, hay que tener en cuenta que su planteamiento tan limitado es algo anacrónica ya que puede ser que solo se nos exhiban los documentos obligatorios según el Registro Mercantil, por lo que recomendamos encarecidamente que antes de solicitar las preliminares se haya consultado ya con su perito economista y analizado el tema para ampliar la prueba en la medida de lo posible solicitando al departamento financiero de la empresa o gestoría que se aporte la documentación necesaria para la correcta elaboración del dictamen.

¿Necesita un informe pericial de un economista? ¡No dude en contactar con nosotros o rellene el siguiente formulario y le llamamos sin compromiso!

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